DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuesto, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible el recurso de apelación que la abogada Leticia Hernández, quién dijo actuar en calidad de apoderada del ciudadano: JOSE MANUEL RIVAS, interpusiera contra la Decisión dictada de fecha 29 de octubre de 2004, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 de este mismo Circuito Judicial Penal.-
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, notifíquese a las parte y remítanse las actuaciones a su lugar de origen..- En Valencia a los once días del mes de marzo de 2004. Años 194° de la Independencia y 145° de la federación.