CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado JOEL ROMERO FERNANDEZ, en su condición de Juez Undécimo, del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con fundamento en el numeral 4 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 87 ejusdem.