Esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por la Abogada GLORIA RAMIREZ, en su condición de Defensora Pública Penal Vigésimo Primera (E), en representación del ciudadano WILLIAMS JOSÉ PINTO LONGA, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de marzo de 2013, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº GP01-P-2007-001317, por los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 ejusdem. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.