DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Jueza NELLY ARCAYA DE LANDAEZ para separarse del conocimiento del cuaderno separado GP01-R-2010-000221, contentivo del Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos Fiscales Auxiliares de la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 17 de Julio de 2010, por el Juez Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, con fundamento en el ordinal 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, déjese copia, notifíquese y remítase. - En Valencia, fecha ut supra.-