esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada MAYELI VICTORIA SANCHEZ DOMINGUEZ, Defensora Pública Cuarta, en su condición de defensora del ciudadano GELSON MIGUEL RAMOS POLO; contra de la decisión dictada en fecha 22 de Julio de 2015 y publicada en fecha 28 de Julio de 2015, por el Tribunal Decimoprimero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº GP01-P-2015-0015423, mediante el cual DECRETO MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado antes nombrado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y DETENTACION DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 3.3 de la Ley para el Desarme y Control de A.....