Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la Abogada ANA GIL DOMÍNGUEZ, actuando en el carácter de defensora del ciudadano: ELVIS JESUS LUCENA GONZALEZ, contra la decisión dictada por la Jueza Séptima de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04 de mayo del 2012, con ocasión de la celebración de la audiencia de presentación de imputado efectuada el 04 de mayo de 2012, en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida y se NIEGA la libertad solicitada por la defensa de autos. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.-