Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Carlos Salas, actuando con el carácter de defensor privado del imputado GERONIMO RAFAEL GARCIA CRUCES. SEGUNDO: SE ANULA la decisión de fecha 8 de junio de 2006, proferida por el Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, mediante la cual le decretó medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con las modalidades establecidas en el artículo 256 numerales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el Ministerio Público en el ejercicio pleno de sus facultades de investigación de los hechos imputados con los elementos recabados desde el inicio de la misma para producir el acto conclusivo que corresponda una vez que estime esta concluida, pudiendo solicitar las medidas que estime necesarias cuando estén llenos los extremos legales para ello.