ésta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, actuando en SEDE CONSTITUCIONAL, en primera instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: Declarar Inadmisible Sobrevenidamente, la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana Katiuska Yolanda Hernández Oliveros, en su condición de imputada, asistida por el ciudadano abogado Tulio José Núñez Vaillant, en contra del Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo - Con Sede Territorial en el Municipio Valencia, en virtud de haberse constatado la causal prevista en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante Cesó, cuando en fecha 12 de septiembre de 2016, el Juez a quo, realizó audiencia de presentación de i.....