esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano, HECTOR LUIS CARTA, titular de la cédula de identidad personal N° 4.131.586, debidamente asistido por el abogado Julio Cesar Torrealba Carta, contra el auto de fecha 25 de mayo de 2005, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual negó la solicitud de entrega del vehículo: Marca Chevrolet, Modelo Chevette, Año 1983, Color Blanco, Tipo sedan, Uso particular, Placas VDR-794, Serial de Carrocería 5EG9JDV205350, Serial de Motor JDV205350. SEGUNDO: ANULA la decisión apelada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 173, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: ORDENA la tramitación.....