esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICION propuesta por la abogada ELIZABET SAUME DE VILLALOBOS, en su condición de Jueza de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal, relevándola del deber de conocer y decidir la causa N° GK01-X-2004-000039, seguida al penado JESUS RAMON GARZA CUADROS, todo de de conformidad con el supuesto legal previsto en el ordinal 7mo, del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia de acuerdo a lo establecido en el artículo 94 eiusdem, se ordena al Juez a quien le asignó la causa con motivo de la inhibición propuesta, seguir conociendo de ella.