esta Sala Accidental de la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE en forma Sobrevenida la recusación, interpuesta por el imputado ciudadano Nasser Fauad Kurbaj Rojas, asistido por la abogada Gracia Ratto, en contra de la Jueza del Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, abogada MIREYA MARIA LUGO DE ESCALONA, de conformidad con lo previsto en el articulo 89 numerales 4 y 8 del decreto de Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar afectado el deber de Imparcialidad de la jurisdicente en el asunto principal No GP01-P-2011-002783, al haber sobrevenido en el ínterin del proceso en virtud de que en sesión de fecha 22 de febrero de 2013 la comisión judicial del Tribunal Supremo de Justicia dejo sin efecto la designación de la referida profesional del derecho como Jueza Provisoria.