Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA QUE NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO, en relación al Recurso de Apelación presentado por los abogados Daniel Cabrera, Joffre Pereira y Víctor Bethelmy, actuando en el carácter de defensores de la ciudadana Lili Josefina León, contra la decisión dictada en fecha 06 de julio del 2010, por el Juzgado Tercero en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Jueza Cecilia Anabell Carolina Plaz Rojo, en virtud que la medida privativa judicial de libertad en el presente caso fue revisada por el Tribunal A-quo en fecha conforme a los parámetros del articulo 264 del C.O.P.P., recayendo actualmente sobre la imputada Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.