DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana: MARIA F. PARADA RIVAS, en su carácter de representante del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en contra de la decisión emitida por el Tribunal Quinto Itinerante de Control de este Circuito Judicial Penal, que acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor de la acusada: MARICELIS FELICIA ESCOBAR YRUMBA. SEGUNDO: REVOCA EL AUTO OBJETO DE APELACIÓN. TERCERO: ORDENA al Tribunal de la causa ejecutar la presente decisión, realizando la diligencias necesarias para el reingreso de la acusada MARICELIS FELICIA ESCOBAR YRUMBA, al Internado Judicial respectivo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Sala I de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Valencia, en la fecha, ut supra indicada. Publíquese, regístrese, notifíquese, remítase el cuaderno separado al Tribunal de la causa.