´Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación de autos interpuesto por los profesionales del derecho, ciudadanos ABG. JOSÈ JAVIER CAMBRES JIMÈNEZ, y ABG. JENNIE GUTIERREZ GAMEZ, actuando en este acto en defensa de los derechos e intereses del imputado NELSON LEOPOLDO PIÑERO ALFONZO.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación presentado por los profesional del derecho, ciudadanos ABG. JOSÈ JAVIER CAMBRES JIMÈNEZ, y ABG. JENNIE GUTIERREZ GAMEZ, actuando en este acto en defensa de los derechos e intereses del imputado NELSON LEOPOLDO PIÑERO ALFONZO, así como la contestación presentada por los ciudadanos Abg. HÈCTOR ORLANDO CÀRDENAS BALABUCH y Abg. ANA CECILIA PARRA HENRÌQUEZ, representantes de la Fiscalía Cuarta.....