Vista la solicitud de Título Supletorio presentada por la Ciudadana: MERLYN DANIELA PAREDES BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-26.888.979, domiciliada en el sector El Samán de la Ciudad de Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, debidamente asistida en este acto, por el abogado en ejercicio: CARLOS ALBERTO PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.670, de este domicilio;mediante la cual manifiesta haber fomentado sobre una parcela de terreno Patrimonio Municipal, constante de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (545,27 M2) , ubicada en la Avenida Miranda entre Calles 2 y 3, Sector El Samán, Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, dentro de los siguientes linderos: Norte: Avenida miranda; Sur: Mejoras de José Rodríguez; Este: Mejoras de Neris Tovar, y Oeste: Mejoras de Jacinta Chirinos, tal y como se evidencia en levantamiento topográfico de parcela de fecha enero de 2026. Lev. Cal. O.T 1:350 plano Nº U. en dicha parcela de terreno he construido unas mejoras y bienhechurías consistente de una casa, cuya área de construcción es de ciento veintidós metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (122,85 M2), la casa está construida con paredes de bloque, friso liso pulido, techo de tejas, tres (03) habitaciones, un (01) porche, dos (02) baños, una (01) sala, una (01) cocina empotrada, un (01) comedor, piso de cerámicas y el patio, y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras que describe, solicita se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada por ante este Despacho para asegurar el derecho de propiedad sobre las mejoras antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los ciudadanos: DERVIS NOELIS JIMENEZ LOPEZ, NAYBERTH COROMOTO DURAN BALZA, TAIZ DEL VALLE RAMIREZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-15.799.405, V-17.509.574, y V-13.278.768, respectivamente, que se adminiculan al Cartel de Emplazamiento ordenado y publicado en El Diario Regional “La Noticia de Barinas”, el día once (11) de marzo del 2.026, consignado el día viernes trece (13) de marzo de 2.026, no compareciendo terceros interesados a formular oposición ni a interponer sobre la solicitud, se evidencian claramente las pretensiones del Solicitante. En consecuencia, y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara Bastante y Suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el Derecho de Propiedad y posesión a favor de la Ciudadana: MERLYN DANIELA PAREDES BETANCOURT, ya identificada, sobre una parcela de terreno Patrimonio Municipal, constante de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (545,27 M2) , ubicada en la Avenida Miranda entre Calles 2 y 3, Sector El Samán, Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, dentro de los siguientes linderos: Norte: Avenida miranda; Sur: Mejoras de José Rodríguez; Este: Mejoras de Neris Tovar, y Oeste: Mejoras de Jacinta Chirinos, tal y como se evidencia en levantamiento topográfico de parcela de fecha enero de 2026. Lev. Cal. O.T 1:350 plano Nº U. en dicha parcela de terreno ha construido unas mejoras y bienhechurías consistente de una casa, cuya área de construcción es de ciento veintidós metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (122,85 M2), la casa está construida con paredes de bloque, friso liso pulido, techo de tejas, tres (03) habitaciones, un (01) porche, dos (02) baños, una (01) sala, una (01) cocina empotrada, un (01) comedor, piso de cerámicas y el patio.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.-
Se ordena entregar la presente solicitud a la solicitante, dejándose copia certificada de la misma en los archivos de éste Tribunal.-
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.-
La Jueza Provisoria.

Abg. Karla Daniela Méndez Sequera.
El Secretario.

Abg. Heber José Rosales H.
El Secretario del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, CERTIFICA: Que las anteriores copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene, correspondiente a la decisión dictada por éste Juzgado en fecha ocho (08) de abril de Dos Mil Veintiséis (2.026), en la Solicitud de Titulo Supletorio, signado bajo el N° S-25-26, de la nomenclatura llevada por éste Tribunal durante el presente año.-

El Secretario.

Abg. Heber José Rosales H.

En esta misma fecha siendo las Nueve y Once (09:11) A.M., se publicó y registró el presente Decreto.- Conste.-
Rosales. Scrío.