DISPOSITIVA
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
1.-) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana, DAICY MEDINA TORRES suficientemente identificad, en contra de la empresa. TRANSPORTE RR C.A., ya identificada.
2.-) Se condena a la parte demandada a cancelar la cantidad de TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs.31.670.666,26) mas los que resulte de la experticia ordenada para el cálculo de los intereses sobre prestaciones sociales e intereses moratorios
3.-)No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de.....