´PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana: NIRIDA MATILDE SIRA TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.554.417.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por la ciudadana: NIRIDA MATILDE SIRA TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.554.417, con el ciudadano: CHARI ALBERTO ORTIZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.386.084, por ante el Registro Civil del Municipio Barinas del estado Barinas, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta de Matrimonio signada bajo el Nº164, folios: 358, 369 y360 Tomo I año: 1990, marcada con la letra "A"
TERCERO: Remítase mediante oficio; copia certificada del presente fallo con inclusión del auto que lo declare definitivamente firme, por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia El Carmen del municipio Barinas y al Registro Principal del estado Barinas de conform.....