En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) intentada por el ciudadano JOSE EDUARDO MERGAREJO BORGE, asistido por el abogado en ejercicio JOSE MAGDIEL LISCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 183.316, contra la ciudadana BLANCARLI YAMILET MATUTE GRISALES, ut supra identificados, ut supra identificados.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no se hace condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte demandante, ut supra identificada, de conformidad con el artículo 6 de la Resolución Nº 001-2022, de fecha 16/06/2022, emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supre.....