DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por los ciudadanos: RUDDY LILIANA OLARTE PEREZ y FREDY JAVIER RAMIREZ MEDINA, fundamentada en el artículo 185 y en la Sentencia vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, en concordancia con la sentencia Nro. 136 de fecha 30-03-2017, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio N° 48, expedida por la Oficina de Registro Civil de la parroquia Nicolás Pulido del Municipio Antonio José de Sucre, estado Barinas, en fecha siete (07) de febrero del año dos mil ocho (.....