En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, según el artículo 185- Por Desafecto Marital, resolución 1070 del 09 de diciembre de 2016, del TSJ , formulada por la ciudadana: SOLMAIRA MEDINA SANCHEZ, portadora de la cedula de identidad N° V- 22.110.281 en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído con el ciudadano: HECTOR JOSE HERRERA CAMACHO, portador de la cedula de identidad Nº V-19.069.905,en fecha once (11) de junio del dos mil veinticinco (2025), según consta en Copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 13, que corre inserta en los libros del Registro Civil llevado por el Registro Civil de la Parroquia el Dolores, .....