Por cuanto se trata de un recurso ejercido contra un auto (interlocutoria), a partir del día de despacho siguiente al presente auto comenzarán a computarse el lapso de diez (10) días de despacho, previstos en los artículos 517, 518, 519 y 520 del Código de Procedimiento Civil, que se contarán por días en los cuales el Tribunal acuerde despachar.