En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara.
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de rectificación del acta de nacimiento signada con el N° 602, Folio 38, de fecha 26 de septiembre de 1980, inscrita en el Libro de Registro Civil de Nacimientos, de la Prefectura del Distrito Bolívar (hoy Registro Civil Del Municipio Bolívar, Barinitas) estado Barinas, solicitada por la ciudadana. MIREYA COROMOTO PEÑA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.986.674, domiciliada en la parroquia Barinitas, Municipio Bolívar, estado Barinas, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio: ANTERO MONTILLA TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.268.366, inscrito en el In.....