DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por los ciudadanos: ALISER ISABELIN RAMIREZ URBINA y YONNY JAVIER CONTRERAS TREJO, fundamentada la presente solicitud en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con lo establecido en la Sentencia Nº 1.070 de fecha 09-12-2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia Municipio Pedraza del estado Barinas, tal como consta en acta de matrimonio Nº 111, en fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), en el Folio 120, Tomo.....