dada la incomparecencia de las partes a la celebración de la presente audiencia, éste Tribunal de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 151, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez
Abg. Jesús Rafael Paris Orasma
Técnico Audiovisual
Carlos Raúl Linares
El Alguacil
José Montoya
La Secretaria
Abg. María Mosqueda.