DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la solicitud de Amparo Cautelar de Suspensión de los efectos del acto administrativo, efectuada por la ciudadana YALENNIS DEL VALLE VILLEGAS GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-16.476.069, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE DE LOS SANTOS ROMAN, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el numero 143.579, Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en costas.
Dado, Firmado, Sellado y Refrendado en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.-
Barinas, dieciocho (18) de noviembre de dos mil once. Año: 201.....