D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen procesal Transitorio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, con ocasión al juicio INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado por los abogados, LUIS ALFONSO RODRIGUEZ Y JOSE LUIS ORTEGA, ya identificados en contra de la UNIDAD EDUCATIVA ROBERTO MORENO BRICEÑO S.R.L, anteriormente identificada de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado a los 21 días del mes de junio del año dos mil siete. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
El Juez
Abg. Jesús París
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