En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas con fundamento en los ordinales 3º, 6º y 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, deducidas por la parte demandada, ciudadana ALBA YUDY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.955.033, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HERNAN ELICER GUERRERO CORONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 182.957,en el juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA, seguido en su contra por la ciudadana MARIA COROMOTO QUINTERO BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 19.826.862, actuando en representación de la ciudadana NELLY DEL CARMEN QUINTERO BER.....