PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916, con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana Isis Adacir Zapata Correa, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-16.977.120; de este domicilio, debidamente representada por el, Abogado Albaro Ramón Colmenares Hurtado venezolano, mayor de edad, titular de identidad Nº V-16.791.973, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 195.879 y el ciudadano Jhon Lewis Manrrique Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de la identidad Nº V-17.204.971, domiciliado en el estado Barinas.-
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído.....