´DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por los ciudadanos: ALEJANDRA DEL CARMEN RAMIREZ MOLINA Y OMAR DEL ROSARIO CONTRERAS ZAMBRANO, fundamentada la presente solicitud en los artículos 2 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 185 del Código Civil Venezolano y en la Sentencia Nº 1.070, con carácter vinculante , emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del expediente N° 150916, de fecha 09 de diciembre de 2016, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Altagracia, Alcaldía del Municipio Boliva.....