DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por la ciudadana: LOIDA DEL CARMEN RIVAS ROJAS, fundamentada la presente solicitud en Sentencia Nº 1.070, con carácter vinculante, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de diciembre de 2016, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron por ante la por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Mucutuy, Municipio Arzobispo Chacón del Estado Mérida, tal como consta en acta de matrimonio Nº 07, Folio 09 y vto. al folio 10, en fecha veintitrés (23) de mayo del año mil novecientos noventa y siete (1997).
Publíquese en la página www.tsj.gob.ve .....