DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Laboral del Estado Barinas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente con lugar, la demanda incoada por el ciudadano: JOSE MARIA MARQUEZ LIBREROS ya identificado, contra AUTO SILENCIADORES ORBER 2000.
En virtud de la anterior declaratoria la demandada deberá pagar al demandante la cantidad de UN MILLON DDOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 1.245.985,72) mas lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo para el cálculo de los intereses moratorios.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los.....