Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos TEODOLINDA VIELMA TORRES, YHONNY REINALDO GARCÍA VIELMA, JOSÉ IBRAHIM GARCÍA VIELMA, YELITZA YAMILET GARCÍA VIELMA, NELSON ENRIQUE GARCÍA VIELMA, LUIS EDUARDO GARCÍA VIELMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.144.657, 16.513.691, 15.670.858, 15.670.293, 15.829.484, 19.619.452 y en su carácter de esposa e hijos del de-cujus NELSON GARCÍA MONCADA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.145.360, su condición de ÚNICOS Y U.....