En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Cobro de Bolívares vía Intimatoria interpuesta por la ciudadana Bertha Yelitza Quintero Rubio, contra la ciudadana Luz Netty Peña Mendoza, ut supra identificadas.