IV
DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, en fecha 19 de Diciembre de 2006.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, en fecha 19 de Diciembre de 2006.
TERCERO: No se condena en costas del recurso a la parte apelante, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Organica Procesal del .....