Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado JESUS EDUARDO CHICUNQUE TORRES, ya identificado, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Art. 278 219, orinal 1° del Código Penal, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado ya identificado, por la comisión del delito Porte Ilicito de Arma deFuego y resistencia a la autoridad, previsto y sancionado en el Art. 278 y 219, ordinal 1° del Código Penal, consistente en la presentación cada ocho dias por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecid.....