Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Reclamación de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana, KARELY YATSURY BARRIOS BLANCO, titular de la cédula de identidad No V.- 10.801.632, contra sociedad mercantil denominada UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO ANDRES ELOY BLANCO C.A., representada por la ciudadana Dulce Maria Blasco Dorante, titular de la cédula de identidad Nº 7.362.352.
En consecuencia, se condena a la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO ANDRES ELOY BLANCO C.A., a pagar a la demandante la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Bolívares con NOVENTA Y UN Céntimos (Bs. 4.782.379,91), por los conceptos antes indicados en esta senten.....