este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas DEISY YUSLAY BELEN CARVAJAL y KARIN DEL VALLE CHACÓN CHACÓN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.486.940 y V-9.345.473, debidamente asistidas por el Abogado DANIEL ANTONIO CARVAJAL ARIZA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 83.090, contra el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE EDUCACIÓN ESPECIALIZADA "IUNE-TARIBA", representado por el Director, ciudadano CARLOS PEÑALOZA.