DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, consistente en la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, impuesta al Acusado DELFIN RAFAEL GOMEZ PARRA; plenamente identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos de PECULADO DOLOSO IMPROPIO EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción, en relación con el artículo 99 del Código Penal Venezolano, y el delito de ESTAFA AGRAVADA (En Detrimento De La Administración Pública), previsto y sancionado en el artículo 462 numeral 1ero del Código Penal Venezolano; en concordancia con el artículo 81 primer aparte Ejusdem. de conformidad con lo establecido en los Artículos 244 y.....