Por las circunstancias anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 03 Admnistrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: Primero: una Medida Cautelar Sustitutiva establecida en el artículo 258 del Código orgánico Procesal Penal al ciudadano Giovanny Francisco Castro Cruz, consistente en: 1) la presentación de dos fiadores para cada imputado, que tengan capacidad económica avalada por un Contador Público, 2) que esten domiciliados en la jurisdicción del Estado Barinas y 3) que tengan reconocida solvencia moral. Segundo: Se fija audiencia especial para la presentación y constitución de fiadores para el día de hoy 01-07-2005 a las 2:30 PM. Notifiquense a las partes. Así se decide.
JUEZ DE CONTROL No 03
ABG. GABRIEL ERNESTO ESPAÑA GUILLÉN
LA SECRETARIA
ABG. MARIA AUXILIADORA QUIÑONEZ