IV
DECISION
Por razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la decisión publicada en fecha 20 de Mayo de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, mediante la cual se declaro parcialmente con lugar la demanda  interpuesta por el ciudadano Carlos Rodríguez contra Construcciones Copresca, CA e IPASME como consecuencia de ello se CONFIRMA la decisión recurrida
SEGUNDO: No se condena en costas del recurso a la parte apelante de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
 
Publíquese, regístrese, cúmplase con lo ordenado y remítanse el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Docum.....