En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Acta de Asamblea intentada por la ciudadana María Gladis Cuevas Silva, en contra de la Cooperativa de Productores Agrícolas La Reina Barinesa R.L, representada por el ciudadano Isaías Cáceres, en su condición de Presidente de la misma, ampliamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No se ordena la Notificación de las partes por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso establecido en el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 2.....