este Tribunal de Ejecución, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 5 en relación con artículo 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, artículo 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano Vigente y el artículo 218 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ciudadano; IDENCIO RAFAEL GONZALEZ y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la medida prevista de PRIVACION DE LIBERTAD, prevista en el artículo 620 literal “f”, en concordancia con el artículo 628 de la Ley especial que regula la presente materia, como privativa de libertad por el lapso de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES. Se establece que el adolescente fue sancionado en fecha 12-08-2008, de lo que se despr.....