En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por mutuo consentimiento, formulada por los ciudadanos: NELLYS YOSELY PÉREZ MARTÍNEZ y ANTONIO RAMON BUSTAMANTE RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.978.184 y V-13.882.071, respectivamente, con fundamento en la sentencia con carácter vinculante Nº 1070 de fecha 09-12-2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Páez del Municipio Pedraza, estado Barinas, en fecha veintiuno (21) de marzo del año dos mil once (2011), como se evidencia en copia certificada del act.....