En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior  del  Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de  la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y  por  Autoridad  de  la  Ley,  declara: 
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACION  interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en sentencia de  fecha 03 de mayo de 2.005.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en sentencia de  fecha 03 de mayo de 2.005.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de  origen, a los fines de su archivo definitivo.
	
	Publíquese, regístrese y déjese copia certificada
	
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