Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Raúl González.
Se declara PROCEDENTE la objeción a la fianza formulada por el abogado en ejercicio Cristóbal Falcón Zamora, en su carácter de endosatario en procuración de cinco (5) letras de cambio endosadas en procuración por la ciudadana Viktoria Janne Torres.-
Se CONFIRMA la medida preventiva de embargo decretada por ese Tribunal en fecha 15 de febrero de 2007.
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.