este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RONY JOSÉ RIVAS MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.679.814, debidamente asistido por el Abogado ISMAEL SEGUNDO CAÑAS LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.107, contra la Empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA SOCIEDAD ANÓNIMA (PDVSA).
SEGUNDO: Se le ordena a la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00175-2008, dictada en fecha 27 de noviembre de 2008 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, en todas y cada una de sus partes; advirtiéndosele que el presente mandamiento de amparo constitucional debe ser acatado, so pena de incurrir en desacato, de acuer.....