SEXTO: El penado podrá solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio de conformidad al Artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal. El podrá solicitar el beneficio del Destacamento de Trabajo (1/4 partes de la pena) en fecha 30/05/2010, el Establecimiento Abierto (1/3 partes de la pena) en fecha 10/09/2010; Podrá optar a solicitar el Indulto Presidencial (1/2 partes de la pena) en fecha 30/03/2011; podrá solicitar el beneficio de la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 20/10/2011 y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 30/01/2012.
Notifíquese al Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Defensor así como al penado de autos. Líbrese copia certificada de la Sentencia Definitiva y de este cómputo al Director del Internado Judicial Penal del Estado Barinas. Líbrese copia certificada de la Sentencia Definitiva .....