El adolescente fue sancionado en fecha 08 de Febrero de 2011, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS Y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con los artículos 620, literal "b" y "d", 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Se determina que el adolescente, fue detenido por el hecho en fecha 15 de Enero de 2011, por lo que ha permanecido privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTICUATRO (24) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, VEINTIDOS (22) DIAS y así mismo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y NUEVE (09) DÍAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 08 DE FEBRERO DE 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en.....