DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, que le confiere y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA APERTURA A JUICIO a los acusados EZEQUIEL BRICEÑO QUINTERO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.271.251, natural de Pedraza, Estado Barinas, nacido en fecha 04/10/1972, de 34 años de edad, de profesión obrero, quien es hijo de Hilario Briceño (v) y Esperanza Ramírez (v) y residenciado en el Caserío de Chuponal, Calle Principal, Casa N° 456, cerca de Pedraza, Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el Artículo 374, Primer Aparte del Código Penal en perjuicio de la Niña J. M. R, ANDRÉS BRICEÑO RAMÍREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-.....