Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: Sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Carlos Alberto Romero Alemán e Iván Eliseo Córdoba Roa, en su condición de Defensor Privado del imputado Jaime Alberto Landaeta Santana, contra la decisión de fecha 30 de enero de 2013, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de enero de 2013.